Descripción
Permite fraccionar el pago de determinados tributos municipales en ocho cuotas mensuales mediante domiciliación bancaria, facilitando su pago a lo largo del año. Las personas adheridas al programa podrán beneficiarse de una bonificación del 5%, con un máximo de 250 euros, siempre que cumplan las condiciones establecidas en la Ordenanza reguladora.
Materia
Quién lo puede solicitar
- Ciudadanos.
- Empresas, asociaciones, organizaciones o entidades.
Normativa de referencia
- Ordenanza nº 31 Reguladora del Programa de Pago de Tributos Municipales en Ocho Mensualidades (PM8).
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación a Presentar
- Impreso normalizado GTB_028 SOLICITUD DE ADHESIÓN AL PROGRAMA DE PAGO MENSUAL PM8 debidamente cumplimentado y firmado.
- Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria donde se domiciliarán los cargos.
- En caso de representación, documentación acreditativa de la representación.
Canal de solicitud
- En línea: Oficina Virtual Tributaria
- Presencial (sólo para las personas físicas): Información y Registro General / Atención Tributaria (Planta baja) , Plaza Mayor Nº1, Torrejón de Ardoz.
*Para informarse sobre el HORARIO de atención presencial pinche AQUÍ.
- También podrá remitirlo mediante las demás formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Unidad tramitadora
Gestión Tributaria - Hacienda
Importes / Tasas
- La presentación de la solicitud es gratuita.
- Las personas adheridas al programa que cumplan las condiciones establecidas obtendrán una bonificación del 5% sobre los tributos incluidos en el PM8, con un límite máximo de 250 euros anuales.
Notas / Sugerencias / Observaciones
- El programa es voluntario y gratuito
- El importe anual de los tributos incluidos deberá superar los 100 euros.
- La persona solicitante deberá estar al corriente de sus obligaciones tributarias municipales
- Los cargos se realizarán mediante domiciliación bancaria el día 15 de cada mes, de marzo a octubre.
- La solicitud presentada tendrá efectos para el ejercicio siguiente, salvo en los casos previstos en la Ordenanza reguladora.
- Los tributos incluidos son:
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
- Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM).
- Tasa por el Servicio de Recogida, Transporte y Tratamiento de Residuos.
- Tasa por Entrada de Vehículos a través de Aceras y Vías Públicas (Vados).